Conoce cuáles son las multas de aseo en Bogotá, qué dice la Ley 1801 de 2016 y cómo evitar sanciones por sacar tus residuos en horarios incorrectos o arrojar escombros o voluminosos en el espacio público.

En Área Limpia trabajamos para garantizar que las calles, parques y zonas comunes de la localidad de Suba permanezcan en óptimas condiciones. Sin embargo, el éxito de esta labor depende del compromiso de cada habitante. El manejo inadecuado de los residuos sólidos urbanos no solo afecta el paisaje de nuestros barrios y deteriora la salud pública, sino que también constituye una infracción directa a las normas de convivencia de nuestro país. Conocer tus deberes ciudadanos es el primer paso para transformar nuestra localidad en un modelo de sostenibilidad y respeto ambiental.
La herramienta legal que regula estos comportamientos en Colombia es el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016). Específicamente, su artículo 111, el cual establece los comportamientos contrarios a la habitabilidad, limpieza e higiene que demeritan la calidad de vida de las personas. Esta normativa busca prevenir la acumulación de residuos en las esquinas, el taponamiento de las redes de alcantarillado por arrojo de desechos y la contaminación visual. Infringir estas reglas no solo afecta la armonía vecinal, sino que activa de inmediato la aplicación de medidas correctivas por parte de las autoridades locales.
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Entre las conductas sancionadas con Multas Generales Tipo 3 y Tipo 4 (que pueden superar el millón de pesos) se destaca sacar la basura en días y frecuencias diferentes a los establecidos por el prestador del servicio de aseo. Asimismo, está prohibido arrojar residuos de construcción o escombros en sitios públicos, abandonar muebles o colchones en los andenes y no recoger los excrementos de las mascotas. Estas acciones saturan los puntos críticos, dificultan la operación de nuestros operarios y generan focos de vectores e infecciones que ponen en riesgo la salud de los niños y adultos mayores de la zona.
Por otra parte, el artículo 111 penaliza fuertemente a quienes transporten escombros o materiales de manera inadecuada, o a los comercios que dispongan de sus residuos industriales en contenedores de uso residencial. La ley también prohíbe quemar basura a cielo abierto y lavar bienes en el espacio público de forma descontrolada. El cumplimiento estricto de este articulado evita que los residuos sólidos y líquidos contaminen nuestras fuentes hídricas y humedales locales. Cooperar con las frecuencias de recolección de Área Limpia es la vía legal para proteger el patrimonio natural que compartimos.
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Recuerda que el desconocimiento de la ley no exime a los ciudadanos de su responsabilidad. Más allá del temor a una sanción económica o a la imposición de una orden de participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, el verdadero valor radica en la autorregulación. Separar adecuadamente los residuos desde la fuente, respetar los horarios asignados para tu sector en Suba y programar la recolección de residuos especiales son actos de cultura ciudadana. Una calle limpia refleja los valores de la comunidad que la habita y disminuye el impacto del cambio climático a nivel local.
Hacer de Suba una localidad limpia y sostenible es una corresponsabilidad entre el distrito, Área Limpia y tú. Te invitamos a consultar los horarios y frecuencias exactos en que pasamos por tu barrio en la página www.arealimpia.com.co y a utilizar los canales oficiales para reportar la disposición de escombros o enseres viejos abandonados.
No arriesgues tu tranquilidad ni tu bolsillo; el cumplimiento del artículo 111 de la Ley 1801 de 2016 es el estándar mínimo para una vida urbana responsable y digna. Juntos podemos demostrar que el respeto por el espacio público es la base del progreso comunitario.
